CAPÍTULO
III
Admisión de apuestas
8ª Existe un único sistema de admisión
o validación de apuestas: Sistema de validación
informática, que
podrá realizarse en los establecimientos autorizados
por Loterías y Apuestas del Estado que dispongan
de
terminal al efecto.
TÍTULO II
CAPÍTULO I
Validación de apuestas
9ª 1. Las apuestas podrán formularse de
las siguientes formas:
a ) Mediante la presentación en un establecimiento
autorizado para su recepción de cualquiera de
los
boletos editados al efecto por Loterías y Apuestas
del Estado, en el que se hayan consignado los
pronósticos de acuerdo ruleta a las normas 16ª
a 19ª.
En este caso el boleto se utiliza únicamente
como soporte de la lectura, por lo que carece de otro
valor.
b) Tecleando los pronósticos directamente sobre
el terminal por el receptor de apuestas.
c) Mediante la solicitud al receptor de una o varias
apuestas formuladas al azar por el terminal, modalidad
denominada «automática».
d) En atención a los concursantes que participen
con un elevado número de apuestas, Loterías
y Apuestas
del Estado podrá autorizar la utilización
de otros métodos para la formulación de
aquéllas.
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