56ª
1. Si alguno de los concursos quedara sin acertantes
con derecho a premio de primera categoría, el
fondo
destinado a éste pasará a incrementar
el de la misma categoría del concurso inmediato
siguiente del
Bono-Loto.
2. En el supuesto de que alguna de las categorías
segunda o tercera quedara sin premio por haber sido
dejada de acertar por los concursantes, el importe de
cada una incrementará el de la categoría
inmediata
inferior, es decir, el de la tercera o cuarta respectivamente;
en tal caso, si tampoco hubiera acertantes de
cuarta, el fondo acumulado de las tres categorías
incrementará el de la categoría primera
del concurso
inmediato siguiente.
57ª Todas las normas que establecen las obligaciones
o los procedimientos que han de ser llevados a cabo
antes del concurso, se entenderán para el Bono-Loto
referidos al concurso primero de los mismos, es
decir, al del lunes o en su caso al de la fecha a que
el mismo se hubiere trasladado.
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